La CMF regula el registro, autorización y obligaciones de prestadores de servicios financieros de la Ley Fintec

enero 26, 2024

Áreas de práctica

Con fecha 12 de enero del presente año, la Comisión para el Mercado Financiero publicó las siguientes normas:

  • Norma de Carácter General N° 502: establece en un único cuerpo normativo las instrucciones y exigencias para los prestadores de servicios financieros a los que se refiere el Título II de la Ley N° 21.521, es decir, plataformas de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, asesoría crediticia y de inversión, custodia de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes e intermediación de instrumentos financieros.
  • Norma de Carácter General N°503: establece exigencias para acreditar la idoneidad para el desempeño de funciones de corredores de bolsa, agentes de valores, corredores de bolsa de productos, administradoras generales de fondos, agentes comercializadores de cuotas de fondos, administradoras de carteras inscritas y quienes presten servicio de asesoría de inversión.
  • Norma de Carácter General N° 504: regula lo establecido en el artículo 65 inciso tercero de la Ley de Mercado de Valores (Ley N°18.045) referido a la información que se entregue a inversionistas y al público en general, que contenga recomendaciones para adquirir, mantener o enajenar valores de oferta pública, o que implique la definición de precios objetivos.

Nuestro equipo de Mercado de Capitales, realizó un informe resumiendo las novedades presentadas en las implicancias sobre la Ley Fintec.

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